1945

Obligaciones legales fundamentales de los estados en relación a la protección de los derechos humanos de las personas LGBTI

La aplicación del derecho internacional de derechos humanos se rige por los principios fundamentales de universalidad, igualdad y no discriminación, tal y como estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reza: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Estos principios fundamentales se reafirman a través de convenios y tratados internacionales de derechos humanos, muchos de los cuales contienen disposiciones abiertas frente a la discriminación, y se ha interpretado que incluyen la discriminación por motivo de la orientación sexual, identidad de género y características sexuales.

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