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Mercados de derechos de agua: Componentes institucionales
- Source: Revista de la CEPAL, Volume 1996, Issue 59, Sep 1996, p. 83 - 96
- English
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- 01 Sep 1996
Abstract
El agua es un recurso escaso que tiene valor económico e importantes funciones ecológicas y sociales. Por esta razón es normalmente un bien de dominio público del Estado, sobre el cual se conceden derechos de uso a particulares. Estos derechos están protegidos habitualmcntc por cláusulas constitucionales sobre la propiedad privada, pues se considera que el sector privado no invierte sin garantía de títulos. En contrapartida. el agua otorgada en uso debe ser efectivamente utilizada con un fin socialmente beneficioso; en caso contrario se revocan los derechos. Si bien hay algunos sistemas en que los usos son incondicionados, esto no es común. Los elementos legales que influyen en la estabilidad de los derechos son estructurales; entre ellos están las normas que aseguran la estabilidad, las que hacen a la transferencia de los derechos y las referidas al reconocimiento de usos y derechos preexistentes. Este último es fundamental, en la medida en que reconoce economías asentadas y asegura estabilidad social. Puesto que el agua tiene un valor económico, su transferencia es un aspecto importante para asegurar su optimización económica; los profesionales del sector deben estar abiertos a la idea de la transferencia de derechos. Como estas transferencias tienen efectos sobre terceras, sobre la estabilidad social y sobre el medio ambiente. los países con sistemas maduros de transferencia regulan tales efectos. Las regulaciones también tienen por objeto proteger los medios de subsistencia de los sectores más marginales de la población, entre otros los aborígenes. Esto es coherente con la dinámica económica, ecológica y social de los tiempos.