1945

El informe sobre los resultados, los hallazgos y las conclusiones de la investigación en derechos humanos deberá ilustrar las experiencias particulares de las mujeres y los hombres, así como los casos específicos y los patrones sistemáticos generalizados de discriminación y opresión. En consecuencia, a lo largo de todo el informe se deberá utilizar un enfoque que sea sensible a las cuestiones de género, inclusive en las recomendaciones. Una redacción sensible a las cuestiones de género no se refiere únicamente al tipo de lenguaje empleado ni a la utilización de datos desagregados, sino que abarca también el contenido, la estructura y el objeto del informe. En el presente capítulo se recogen las orientaciones expuestas en los capítulos anteriores y se exponen los aspectos que se deberán considerar en el momento de redactar un informe sensible a las cuestiones de género.

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