1945

Entre las muchas medidas tomadas para prevenir la tortura, el establecimiento de Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP) ha tomado prominencia recientemente. Si bien en el pasado han existido órganos de vigilancia, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (adoptado en 2002 y en vigencia desde 2006) introdujo un modelo particular de supervisión preventiva. Éste combina supervisión a nivel internacional (por el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) y a nivel nacional (por los MNP) a través de visitas sin previo aviso a lugares de privación de libertad de las personas. Cada uno de estos mecanismos y la interacción entre ellos tienen el potencial de reducir incidentes de tortura y malos tratos en los Estados partes del Protocolo Facultativo. Dado que es poco probable que las visitas del SPT sean frecuentes, los MNP desempeñan un papel particularmente importante a la hora de traducir la voluntad política de prevenir la tortura y los malos tratos en medidas prácticas “sobre el terreno”, ya que la frecuencia de sus visitas complementará las visitas periódicas realizadas por el SPT.

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